CONSULTOR FINANCIERO EN RED

FÉLIX MIRANDA QUESADA
CONSULTOR
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lunes, 16 de marzo de 2009

CONSULTORÍA FINANCIERA Y FRAUDE FINANCIERO


Por:
Félix Miranda Quesada
Contador Público Autorizado
Consultor Financiero

Necesidad de información relacionada con el fraude

Nuestras últimas entradas de este blog, han estado referidas al tema de la corrupción y el fraude.

Corrupción y Fraude

Definición de Corrupción. Una de las definiciones que se han dado de la corrupción, es la que se transcribe a continuación:

"Corrupción es la acción o inacción de una o varias personas reales que manipulando los medios de un sistema, en beneficio propio y/o ajeno, tergiversan los fines del mismo en perjuicio del conjunto de ciudadanos para, por y a través de los cuales el sistema fue ideado para servir y beneficiar."

Definición de Fraude. Algunas definiciones relacionadas con el fraude son:

"El Fraude es una sustracción hecha maliciosamente a las normas de la ley o del contrato en perjuicio de alguien. Es una de las causas de nulidad de los actos jurídicos." RAMIREZ GRONDA, Juan D. Diccionario Jurídico. Pág. 160

"Fraude, en derecho supone un ataque oblicuo a la ley, pues quien lo comete se ampara en una norma lícita".

"Fraude, equivale a engaño, que consiste en cualquier falta de verdad debida simulación entre lo que se piensa o se dice o se hace creer, instigando o induciendo a otra persona a actuar en la forma que interesa, o en la falta de verdad en lo que se dice o se hace".

No siendo el propósito de este artículo, determinar las diferencias sutiles, entre los dos conceptos definidos anteriormente, vamos únicamente a resaltar que, la afinidad entre ambos términos es muy grande; sin embargo interesa aquí, conocer la parte fáctica inherente a los conceptos de corrupción y fraude.

Es evidente que, uno de los aspectos sobresalientes en esto es, la presencia del engaño, la manipulación, la tergiversación, y desde el punto de vista legal, la sustracción a las leyes.

Estas acciones estarán, en todo momento, direccionadas a obtener un beneficio propio (o eventulamente "ajeno"), poniendo en detrimento los derechos, bienes, dignidad, respeto y bienestar de otras personas.

En el contexto anterior, la sombra del fraude, es algo con lo que las empresas, pequeñas, grandes, privadas, públicas, locales, nacionales, trasnacionales, deben vivir en su diario quehacer corporativo y, consecuentemente, un "elemento" que debe estar considerado entre sus riesgos, llamémosle riesgo de fraude, y, por lo tanto, incluirlo dentro de su plan de valoración y administración de riesgos, estableciendo actividades, medidas y estrategias válidas que ayuden a minimizar dicho riesgo.

Estudios realizados por expertos en la materia han determinado que, aún empresas bien organizadas en materia de control interno y gestión de riesgo, pasan por alto, considerar el fraude como tal. Se considera que lo anterior se debe básicamente, al escaso conocimiento que sobre la materia se tiene.

Es aquí donde se hace imperativo que las empresas grandes, medianas o pequeñas, tomen conciencia de este riesgo latente, cuyos efectos una vez materializado, generalmente supera los efectos de otro tipo de riesgos, como los riesgos de control, de operación e, inclusive, financieros.



Félix Miranda Quesada
CEO Grupo Miranda - Consultores Empresariales
Presidente Centro de Capacitación Contable del Sur, S.A.

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